No, los efectos personales tienen que ser enviados y recibidos por la misma persona. Si no, no se considera efectos personales. Al llegar a destino, el dueño de la carga tiene que aportar su documentación ante la aduana.
La mercancía tiene que estar presentada ante la aduana tres días antes de la fecha prevista para el vuelo de salida. La aduana de España es la que dará su autorización mediante levante aduanero.
No es lo habitual, pero la Aduana tiene la potestad de hacerlo, así como de retrasar la salida a otro vuelo. En estos casos nuestros agentes autorizados se encargaran de todos los trámites para solucionarlo. En caso de que no alcance al vuelo reservado, se reservaría en el siguiente y se les informará cumplidamente de las nuevas fechas, así mismo si el rechazo de la Aduana es imputable a ustedes se les informará de los trámites a seguir o las tasas a abonar.
En principio no hay problema, pero le sugerimos ponerse en contacto con la aduana del país de destino quien le informará de cuál es el límite de tiempo, normalmente es un máximo de entre dos y tres meses antes.
Sí, tenemos la posibilidad de recoger su mercancía a pie de calle en toda la península, contacte con nosotros con tiempo suficiente y organizaremos la recogida con nuestras empresas colaboradoras externas.
No hay una medida específica pero se recomienda no hacer cajas excesivamente grandes para evitar el peso volumétrico y seguir las recomendaciones que marcan las propias cajas en cuanto a peso máximo. Siempre consulte con nosotros si tiene alguna mercancía de un tamaño inusual para comprobar las medidas máximas dependiendo del tipo de avión.
El peso volumétrico de un paquete es el espacio que este ocupa en el avión y afecta al coste de dicho envío más que su peso real. En transporte aéreo tiene que tener en cuenta que cada metro cúbico corresponde a 167kg. Para calcular los metros cúbicos la fórmula que se emplea es igual a largo x ancho x alto.
Esta tarifa incluye el seguro de transporte obligatorio. Puede ver lo que incluye en este link: http://www.boe.es/boe/dias/2004/05/20/pdfs/A19035-19045.pdf
Sí, es muy importante ya que las mercancías cotizarán a razón de 167 Kg por cada metro cúbico. A la hora de la aplicación de la tarifa se tomará el de mayor valor, ya sea el peso real o el volumétrico, recuerde que los embarques serán comprobados respecto a peso y volumen durante cualquier momento del transporte y las diferencias serán cargadas al remitente. Nuestra compañía no se hace responsable de los atrasos ocasionados por dicho motivo.
Las Compañías tienen el derecho de pesar la mercancía en cualquier punto del recorrido. La aceptación en origen de un peso no implica que exista la posibilidad de que la Compañía Aérea pese la misma en los aeropuertos de tránsito y/o destino y emita un CCA corrigiendo el peso aportando justificante del nuevo peso. Los gastos ocasionados por dicha diferencia incluyendo la emisión del CCA son a cargo del remitente
Lo ideal sería tener su solicitud de presupuesto al menos una quincena antes de la fecha en la que quieran que la mercancía esté en destino, ya que hay que reservar el vuelo con bastante antelación si quieren que llegue en una fecha determinada y especialmente en fechas de alta ocupación puede ser complicado
Este papel es una autorización para que el agente de aduana (en Madrid, Barcelona o Valencia) pueda presentar toda su documentación en su nombre.
El valor de la mercancía en origen la tiene que determinar el dueño de esta, siempre teniendo en cuenta que si se valora en un precio demasiado bajo, la aduana de destino puede revalorizarlo. El valor que se le otorga a la mercancía tiene que aparecer en euros, sin decimales y es un valor a efectos estadísticos.
Sí, es muy importante ser muy veraz en esto, ya que toda la mercancía pasa por rayos X y se detectaría cualquier artículo no declarado, prohibido o peligroso. Lo que podría implicar el retraso en la salida de la mercancía.
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